La cámara de Casación hizo lugar a varios de los planteos contra el fallo que en el 2009 había condenado a Chabán y absuelto a Callejeros.Al empresario le redujerón la calificación mientras que los músicos fueron encontrados culpables del delito de incendio culposo seguido de muerte.También ordenaron liberar la calle Mitre. Aún no anunciarón las penas
La causa Cromañón dio un vuleco con la revisión de las penas anunciadas hoy por la Cámara de Casación, que resolvió condenar a los músicos de Callejeros –quienes habían sido absueltos- por incendio culposo, y reducirle la calificación Omar Chabán, ex gerenciador del boliche. Además, ordenó liberar la calle Bartolomé Mitre, donde los familiares montaron un santuario en homenaje a las 194 víctimas que murieron en el boliche que funcionaba allí. Y agravó la pena contra los ex funcionarios porteños imputados.
La presidenta de la Sala III de la Cámara de Casación Penal inició a las 11.45 –con casi dos horas de retraso- la lectura de la parte resolutiva de la sentencia en un recinto con presencia de familiares y con la ausencia de los imputados. En primer lugar, anunció el cambio de calificación de la condena para Chabán, quien pasó de ser considerado coautor del delito de incendio doloso –con voluntad de ejercer el delito- a culposo –delito no intencional o por imprudencia-, que conlleva hasta 11 años de cárcel. El ex gerenciador, que había sido condenado a 20 años de prisión en 2009, resultó el más beneficiado con la revisión del fallo. Se le mantuvo la condena por cohecho activo.
La contracara la personifican los músicos de Callejeros, quienes en el juicio habían resultado absueltos, y en esta instancia fueron sentenciados por el delito de "incendio culposo seguido de muerte en concurso real con cohecho activo”.
También fueron condenados la mano derecha de Chabán, Raúl Villarreal y el manager del grupo de rock, Diego Argañaraz.
Los tres ex funcionarios porteños conforman otra de las partes perjudicadas con la resolución de Casación, ya que a la condena por el delito de omisión de los deberes de funcionario público se le añadió la de incendio culposo seguido de muerte.
Se trata de la ex secretaria de Control Comunal Fabiana Fiszbin; su segunda, Ana María Fernández, -ambas sólo estaban condenadas en el juicio por incumplimiento de deberes de funcionario-; y Gustavo Torres, quien había sido absuelto en el debate.
Ahora la causa volverá al Tribunal Oral en lo Criminal 24 (TOC24), que deberá fijar las penas. Actualmente, todos los condenados están en libertad por decisión de esos mismos jueces, que el 17 de agosto de 2009 dictaron tras un año de juicio la sentencia revisada hoy.
Además de la modificación de las condenas, los camaristas Eduardo Riggi, Angela Ledesma y Liliana Catucci ordenaron liberar la calle Bartolomé Mitre al 3000, en el barrio de Once, donde desde el incendio de Cromañón los familiares de las víctimas montaron un santuario que bloquea el tránsito.
Esta fue la decisión que más indignó a los familiares presentes en la sala que reaccionaron insultando al tribunal y anunciaron que se van a "encadenar a la calle" para impedir que se vuelva a abrir.
El inicio de la audiencia en los tribunales de Comodoro Py estaba anunciado para las 10, pero se vio demorado por algunos por cuestiones organizativas y por incidentes registrados con los familiares de las víctimas. Es que estaba previsto que ellos siguieran la lectura del fallo de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal a través de imágenes difundidas por un sistema de circuito cerrado pero, disconformes con esa resolución, varios entraron por la fuerza al recinto llevando entre sus manos o colgadas de sus cuellos las imágenes de sus hijos, hermanos, sobrinos o amigos que murieron en el brutal incendio.
Si bien se analizó suspender la lectura del fallo por falta de medidas de seguridad, finalmente se decidió reforzarla con unos 20 efectivos de Infantería en la sala.
Texto y foto http://www.clarin.com/
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