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lunes, 8 de abril de 2013

Sancionaran a las firmas de telefonía móvil que fallen en situaciones de emergencia

Las compañías deberán presentar un plan de contingencia para situaciones como el temporal de la semana pasada. El servicio no podrá estar interrumpido más de una hora
 
Hace tiempo que las redes móviles de todas las compañías funcionan muy mal en la Argentina. Los problemas de comunicación son una constante para los usuarios, debido a que la modernización del parque de celulares significa mayor tráfico de datos, algo que las redes actuales no soportan.
Las dificultades con las que se enfrentan los argentinos no son pocas: por momentos parece que enviar un mensaje por WhatsApp se vuelve una proeza, lo mismo que cargar una página web o las fotos de Facebook. La saturación en determinadas zonas de la Ciudad es tal que en horarios pico es imposible enviar siquiera un SMS. En ese escenario, hasta el mejor smartphone se convierte en un objeto inútil en la mano del usuario.
Con este contexto de trasfondo, frente a una catástrofe ambiental como el violento temporal de la semana pasada (que causó 51 muertes) era de esperarse que las redes de telefonía móvil fallarían, una vez más.
Pero ante situaciones de emergencia, como puede ser una tormenta que corta el servicio energético, la comunicación vía celular se torna en una herramienta “esencial para que la población pueda comunicar su situación, al mismo tiempo que las autoridades informen y alerten a los vecinos, brinden atención e identifiquen víctimas”, sostiene la resolución publicada hoy en el Boletín Oficial.
“Las redes móviles resultan fundamentales en la minimización de pérdidas de vidas humanas, daños en infraestructuras y pérdidas económicas, tanto por facilitar la preparación de la población para afrontar situaciones de emergencia y catástrofe, como para favorecer la disminución de sus efectos y la coordinación de operaciones y equipos de emergencia”, sostiene la Secretaría de Telecomunicaciones.
En consecuencia, “y considerando los hechos acaecidos por el fenómeno climático que azotó a la Capital Federal y a La Plata y sus consecuencias en los sistemas de comunicación verificados por la autoridad de aplicación”, el Gobierno decidió “adoptar medidas tendientes a evitar situaciones de falta total o parcial de servicios de comunicaciones, máxime teniendo en cuenta la importancia que las mismas adquieren en este tipo de situaciones para la asistencia de personas”.
Entre el paquete de medidas, se insta a los prestadores de comunicaciones móviles a “asegurar el funcionamiento del servicio, incluso en situaciones de emergencia o catástrofe, admitiéndose en este último supuesto una discontinuidad máxima de una hora para restituir la normalidad del servicio”.
A los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto, se estableció como requisitos mínimos para las empresas: “Disponer en cada uno de los sitios que conforman su infraestructura de red sistemas de respaldo de energía con autonomía mínima de 24 horas; garantizar el acceso a su personal competente a las instalaciones las 24 horas durante el transcurso de la emergencia o catástrofe; disponer de equipamiento de recambio o redundante, a efectos de garantizar la continuidad del servicio; y contar con unidades móviles de contingencia que permitan la continuidad del servicio para aquellos sitios que no puedan ser restituidos”.
Los prestadores de telefonía celular –añade la resolución- tendrán un plazo de 45 días para presentar ante la Comisión Nacional de Comunicaciones un “plan de contingencia de alcance nacional” que incluya todos los requisitos nombrados.
Además, se aclara que ante una catástrofe ambiental u otro tipo de emergencia las compañías deberán “garantizar la accesibilidad al servicio para todos sus usuarios en las zonas afectadas, independientemente del estado de su cuenta, pudiendo perseguir el cobro de llamadas con cargo superada la situación de urgencia”.
Quienes incumplan con esas obligaciones “será considerado falta gravísima”, por lo que el Gobierno podrá ejecutar las “penalidades dispuestas en la legislación aplicable”.

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