El Comité Federal de Radiodifusión (COMFER) dispuso que, en un plazo de 30 días, se debe reorganizar la grilla de canales de modo que aquellas que correspondan al mismo rubro de programación se encuentren ubicadas en forma correlativa.
Bajo el nombre de “Reglamento para el Ordenamiento de la Grilla de Canales de Servicios Complementarios de Radiodifusión”, deberán tener en cuenta lo siguiente:
• Entre los canales DOS (2) y SEIS (6), ambos inclusive, deberán estar comprendidas las señales de noticias, identificadas como CRONICA TV, CANAL 26, AMERICA 24, C5N y TN.
• En los canales SIETE (7) y OCHO (8), las señales públicas, correspondientes a la señal Encuentro y al servicio de radiodifusión identificado con la señal distintiva LS82 TV CANAL 7.
• Del canal NUEVE (9) en adelante, tienen que estar las señales correspondientes a los servicios de televisión abierta en la banda de VHF o sus repetidoras legalmente autorizadas (sin interrupciones de ninguna índole), en cuya área primaria de cobertura se encuentren instalados sus respectivos cabezales del sistema en el supuesto de los servicios de Televisión Directa al Hogar y que recepcionen dichas señales en forma gratuita y el canal de generación propia.
De acuerdo con lo resuelto por el COMFER, los titulares de servicios complementarios de radiodifusión deberán ordenar el resto de la señales de sus grillas de programación de forma tal que todas aquellas que correspondan al mismo rubro de programación se encuentren ubicadas en forma correlativa.
Texto y foto http://www.telam.com.ar/
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